Corresponden a los trabajos de reconocimiento arqueológico al interior del área materia del proyecto de inversión, público o privado, con el objeto de identificar bienes inmuebles prehispánicos y evidencias arqueológicas aisladas, procediendo a su registro, para establecer su extensión mediante la delimitación, señalización, y demarcación física, de ser el caso.
En esta intervención, se realizan excavaciones restringidas con fines de delimitación, descarte, muestreo y potencialidad.
Estas intervenciones tienen como finalidad y objetivo identificar, evaluar, medir, prevenir impactos negativos al Patrimonio Cultural de la Nación, y con ello, determinar las medidas de mitigación necesarias para su salvaguarda.
En estas intervenciones se realizan excavaciones arqueológicas para el registro, recuperación y restitución de las evidencias arqueológicas (prehispánicas o históricas), en el área total o en áreas parciales del bien arqueológico inmueble, debido a la ejecución de planes, proyectos u obras públicas o privadas necesarias, cuando el impacto sobre el bien arqueológico inmueble resultara de carácter ineludible por razones técnicas y aquellas declaradas de necesidad y utilidad pública por el Poder Ejecutivo, a propuesta del sector correspondiente y deben ser desarrollados antes del inicio de la obra.
El PRA que procede de un PMAR o un PEA en curso y son realizados en el marco de proyectos productivos, extractivos, infraestructura y/o servicios tanto en el sector público y privado.
El PMAR es de implementación obligatoria, teniendo el Ministerio de Cultura la competencia para disponer la paralización de la obra en caso de incumplimiento, así como para dictar las medidas correctivas que estime pertinentes en salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación. Debe ser tramitado con anterioridad al inicio de la ejecución física de toda obra (movimiento de tierras).
El PMAR, es de carácter preventivo, con la finalidad de evitar, controlar, reducir y mitigar los posibles impactos negativos sobre evidencias arqueológicas que se encuentren de manera fortuita en el subsuelo, y/o sobre los bienes inmuebles prehispánicos colindantes a una obra o ubicados al interior de su área de influencia ambiental, en el marco de la ejecución de proyectos productivos y extractivos, obras de infraestructura y servicios, e implementación de infraestructura complementaria al Patrimonio Cultural de la Nación, que impliquen remoción del suelo y subsuelo del área materia de intervención.
Los PMAR proceden de:
El DAS es el documento privado que contiene el análisis arqueológico integral de un área geográfica determinada, realizado con el objeto de acreditar si en dicha área se presentan o no evidencias arqueológicas en superficie. No se establecen límites para la extensión del área sobre el cual se ejecuta el DAS, asimismo, no se requiere de una autorización previa por parte del Ministerio de Cultura.
La parte del diagnóstico que hace referencia al área que no contiene restos arqueológicos en superficie es empleado como una alternativa equivalente al Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos en Superficie (CIRAS), en los procedimientos o trámites administrativos que se desarrollen ante el Ministerio de Cultura u otras entidades públicas.
Los materiales obtenidos durante las excavaciones deben someterse a un riguroso proceso de análisis. Este proceso comienza con una fase inicial de limpieza, seguida de la clasificación de todos los materiales, que pueden incluir cerámica, huesos, objetos de piedra, textiles, conchas, restos vegetales, fauna, entre otros. A continuación, se procede con el etiquetado, registro fotográfico, dibujo, pesaje y embolsado.
Además, contamos con un equipo altamente especializado capaz de llevar a cabo una variedad de estudios avanzados, como análisis de ADN antiguo y moderno, termoluminiscencia, análisis de granos de almidón, antracología, flotación, análisis de restos de fauna y flora, estudios de antropología física, isótopos, y otros métodos especializados.